TITULO XI: DE LOS CAPÍTULOS PROFESIONALES
Art. 99.- De los miembros de los Capítulos Profesionales
Los Capítulos Profesionales están integrados por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración que tienen el título profesional afín al capítulo y/o ejercen la misma especialidad dentro del ámbito profesional.
Art. 100°. – De los Capítulos Profesionales:
Los Capítulos Profesionales del Colegio de Licenciados en Administración son los siguientes:
1.- Capitulo Profesional de Administración y Gerencia: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración; Administración y Gerencia; Administración y Emprendimiento; Administración y Gerencia del Emprendimiento; Ciencias Administrativas; Gestión, Dirección de Empresas, Dirección Estratégica ; y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
2.- Capitulo Profesional de Administración de Empresas o Negocios y Gestión de Empresas: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración de Empresas; Administración de Empresas y Servicios; Administración y Dirección de Empresas; Dirección de Empresas; Gestión Empresarial; Administración de Negocios; Administración y Agronegocios; Administración e Innovación Empresarial; Gestión de Empresas; Ingeniería Empresarial; Ingeniería de Gestión Empresarial; Ingeniería en Administración de Empresas; Administración y Negocios del Deporte; Administración y Negocios Digitales; Empresa y Tecnología, Administración de Servicios; y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
3.- Capitulo Profesional de Administración de Negocios Internacionales: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración de Negocios Globales; Administración de Negocios Internacionales; Administración y Negocios Internacionales; Gestión de Negocios Internacionales; Negocios Internacionales; Negocios Internacionales e Innovación; Comercio Exterior; Comercio Internacional; Administración Portuaria; Administración Aduanera y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
4.- Capitulo Profesional de Administración y Gestión Pública o Social: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración Pública; Administración Pública Municipal; Gestión Pública; Administración y Gestión Pública; Gestión Pública y Desarrollo Social; Gestión Social; y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
5.- Capitulo Profesional de Administración, Banca, Seguro y Finanzas: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración y Finanzas; Administración y Finanzas Corporativas; Administración Bancaria; Administración Financiera; Administración de Banca y Finanzas; Administración de Negocios y Finanzas; Administración de Banca y Finanzas; Administración Tributaria; Administración de Finanzas Internacionales; Administración de Banca y Seguros; Administración Presupuestaria, Administración de Recursos Materiales y Financieros y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
6.- Capitulo Profesional de Administración Comercial y Marketing: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración y Marketing; Administración de Negocios y Marketing; Ingeniería Comercial; Marketing; Marketing e Innovación; Marketing Global y Administración Comercial; Marketing y Administración; Marketing y Dirección de Empresas; Marketing y Gestión Comercial; Marketing y Negocios Internacionales; Administración y Gestión Comercial; Diseño y Gestión de Marca; y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
7.- Capitulo Profesional de Administración del Talento Humano: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Gestión de Recursos Humanos; Administración y Gestión del Talento Humano; Administración y Recursos Humanos; y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
8.- Capitulo Profesional de Administración Turística, Hotelera y Gastronómica: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración de Hotelería y Turismo; Administración de Negocios Hoteleros y Turísticos; Administración de Turismo; Administración en Turismo; Administración de Turismo y Hotelería; Administración en Turismo y Hotelería; Administración de Turismo Sostenible y Hotelería; Administración Hotelera; Administración Hotelera y de Servicios Turísticos; Administración Hotelera y de Turismo; Administración Turística; Administración Turístico-Hotelera; Administración y Servicios Turísticos; Gestión en Turismo y Hotelería; Negocios Internacionales y Turismo; Turismo y Administración; Gestión e Innovación en Gastronomía; Gastronomía y Arte Culinario; Administración de Negocios Turísticos y Hoteleros; Nutrición, Salud y Técnicas alimentarias y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
9.- Capitulo Profesional de Administración de la Salud, Ambiental, de Servicios, de Industrias, de Proyectos y afines: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Administración y Gestión Ambiental; Administración de Servicios; Administración y Diseño de Servicios; Gestión de Proyectos; Administración y Sistemas; Gestión de Industrias Creativas; Administración en Salud; Administración de la Salud; Administración Hospitalaria; Gestión de la Salud; Gerencia de la Salud y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
10.- Administración en Ciencias Policiales y Militares: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración, que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o especialización y/o posgrado otorgados por las universidades acreditadas en la SUNEDU asociada a: Ciencias Militares con mención en Administración; Administración Naval, Administración y Ciencias Navales; Administración y Ciencias Policiales; Administración Policial; Ciencias de la Administración Aeroespacial; Administración Aeroespacial; Administración Aeronáutica y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo debidamente aprobados por el CLAD.
11.- Capítulo Profesional de Administración Educativa: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o ejercen la misma especialidad asociada a: Administración Educativa; Administración de la Educación; Administración de Instituciones Educativas; Gerencia Educativa; Gerencia de la Educación; Gestión Educativa; Administración y Docencia; Gestión de la Educación y demás especialidades análogos del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo, debidamente aprobados por el CLAD.
12.- Capítulo Profesional de Administración de Operaciones y Logística: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o ejercen la misma especialidad asociada a: Administración de Operaciones; Administración Logística; Administración y Abastecimiento; Administración de Recurso Materiales y Logística; Administración del Transporte; Gerencia Logística; Gestión Logística; Gestión de Operaciones y demás especialidades análogos del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo, debidamente aprobados por el CLAD.
13.- Capítulo Profesional de Administración de la Racionalización : Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o ejercen la misma especialidad asociada a: Administración de la Racionalización, Estudio del Trabajo, Organización y Métodos, Organización y Sistemas, Sistemas de Trabajo, Procedimientos de Trabajo, Métodos de Trabajo, Organimetría, Administración y Organización y demás especialidades análogos del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este capítulo, debidamente aprobados por el CLAD.
14.- Capítulo Profesional de Administración, Auditoría y Control: Está integrado por los miembros del Colegio de Licenciados en Administración que tienen el título profesional afín al Capítulo y/o ejercen la misma especialidad asociada a: Administración y Control; Administración y Auditoría; Auditoría Administrativa; Auditoria de Desempeño; Auditoria de Cumplimiento; Control Interno; Control Simultaneo; y demás especialidades análogas del ejercicio profesional o los diversos títulos asociados a este Capítulo; debidamente aprobados por el CLAD.
El CLAD puede crear más Capítulos Profesionales acorde con el perfil y plan curricular de nuevas profesiones de la administración implementadas por las universidades peruanas; para ello es necesario contar con un mínimo de cien (100) miembros de la Orden con el perfil del Capítulo a crearse, debiendo ser aprobado por el CDN CLAD, emitiendo resolución de modificación de este Reglamento Interno.”
Art. 101°. – De la inscripción en el Registro Nacional de Capítulos Nacionales Los miembros del Colegio de Licenciados en Administración se inscribirán en el Registro Nacional de Capítulos Profesionales para adscribirse a un Capítulo Profesional.
La administración del Registro Nacional de Capítulos Profesionales estará a cargo del Director Nacional de Capítulos Profesionales El CDN designará Directores de Capítulos Profesionales, quiénes promoverán la integración y el fortalecimiento de competencias de sus miembros a nivel nacional.
Los miembros de la orden pueden elegir pertenecer a un solo capítulo profesional CLAD, siempre que cumplan con los requisitos prescritos en el artículo 100° del reglamento para el correspondiente capítulo profesional.
Los consejos directivos regionales brindarán las facilidades para la constitución y funcionamiento de los capítulos profesionales en sus respectivas jurisdicciones”
Disposición Transitoria
De los colegiados a la fecha con títulos que ya no se expiden en el sector universitario:
Los miembros de la Orden colegiados a la fecha con títulos afines a licenciados en administración no consignados en los Capítulos Profesionales mencionados en el art. 100° del presente Reglamento, en razón a que en la actualidad las universidades del país ya no los otorgan, se integran al Capítulo Profesional de Administración de la Salud, Ambiental, de Servicios, de Industrias, de Proyectos y afines. Para ello, la secretaría administrativa del CLAD elaborará en el plazo de treinta días, el listado real de los referidos colegiados para su incorporación a este Capítulo.
Modificatoria del Reglamento Interno del CLAD - Artículo 100° De Los Capítulos Profesionales
Modificar los artículos 100° y 101° del Reglamento Interno del CLAD
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